Cuando se pretenda realizar una sucesión por causa de la muerte del padre o de la madre, del cónyuge, o de cualquier familiar del que se tenga derecho a heredar, lo que se debe hacer es contactar a un abogado especialista en derecho de familia, específicamente abogados de Familia para sucesiones.
Grupo Guiar Abogados cuenta con Abogados Expertos en Derecho de Familia para el trámite de sucesiones por causa de muerte. Existen dos formas de tramitar una sucesión. Sucesión de común acuerdo y sucesión contenciosa.
Sucesión de común acuerdo. Abogados de Familia para sucesiones.
La primera, cuando todos los herederos están de acuerdo para su trámite y confieren poder a un solo abogado experto en derecho de familia. Esto incluye al cónyuge sobreviviente que ha de intervenir en la liquidación de la sociedad conyugal. Este procedimiento puede realizarse ante juez de familia o ante notario.
Sucesión contenciosa. Sucesión de común acuerdo. Abogados de Familia para sucesiones.
Otra forma de tramitar la sucesión es la contenciosa. Esto es, cuando no existe un común acuerdo entre los herederos. En tal caso, la sucesión puede adelantarse con base en poder que confiera cualquiera de los herederos o el cónyuge sobreviviente. Esa sucesión ha de tramitarse exclusivamente ante juzgado de familia.
Asimismo, el abogado del heredero o del cónyuge que presente la demanda, debe informar nombres y direcciones de todas las otras personas que tengan derecho a heredar. Lo anterior con el fin de que sean citadas para que comparezcan al proceso. Lo importante es que se les comunique en debida forma sobre la iniciación del proceso de sucesión. Esto, independientemente de que comparezcan o no a hacer valer sus derechos.
¿Qué se realiza en un proceso de sucesión?
Tanto en la sucesión de común acuerdo como en la sucesión contenciosa deberá realizarse inventario y avalúo de los bienes del causante, como de sus deudas. Luego procederá la partición y adjudicación para el cónyuge sobreviviente, por sus gananciales, como para los herederos, por su derecho hereditario. De ahí el beneficio de que exista un común acuerdo para tramitar la sucesión, ya que la sucesión contenciosa conduce a inconvenientes, especialmente en los inventarios de activos y pasivos que conforman el haber sucesoral, como también a la partición y adjudicación de esos bienes.
Es probable que, ante la falta de acuerdos entre las personas que van a recibir los bienes de la sucesión, haya que acudir a peritos evaluadores y a un partidor que es designado por el juez. Quien realizará la partición y adjudicación, hará su trabajo con ceñimiento a disposiciones legales, pero no va a ser del agrado para todos los herederos, por obvias razones.
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